Así lo contempla la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) que, en el apartado 2 de su artículo 2, declara formalmente el carácter de profesión sanitaria, titulada y regulada, de la actividad de Logopedia, que equipara a otras actividades como Enfermería, Fisioterapia, Podología u Óptica y Optometría.
Muchas Comunidades Autónomas disponen de colegios profesionales que garantizan un ejercicio profesional responsable y el cumplimiento de las obligaciones deontológicas e impiden el intrusismo laboral.